En cuanto a trámites de IDO

Saludos a todos, en cuanto a trámites de IDO:
  • No pueden acordarse procesos que se antepongan o estén sobre procesos ya establecidos. En este sentido, el Consejo de Provincia no puede emitir acuerdo sobre algo ya establecido en la misma solicitud (tiempos, procedimientos, etc), si así lo hiciera podría ser sujeto a sanciones.
  • El envío de la solicitud puede ser de forma electrónica, no es necesaria la presentación física. 
  • Mientras un joven esté en edad de la sección, puede ser solicitada la insignia. EL CPJP dispone de 15 días para dar respuesta a la misma, pero si el joven cumpliera años en ese lapso deberá pasar necesariamente a la siguiente sección y la insignia se le entregaría posteriormente fuera de toda celebración o ceremonia.
  • En cuanto al punto anterior, se pide a los grupos consideren un tiempo prudente para solicitar las insignias, ya que tampoco es correcto solicitarlas a pocos días que el joven cumpla la edad y teniendo en cuenta que la CPJP dispone de un número limitado de insignias. Puede sugerirse un tiempo, más no debe ser condicionante para la recepción de la solicitud.
  • Debe bastar con entregar la solicitud en tiempo y forma al CPJP (puede ser por vía electrónica), no es necesario acompañarla de evidencia alguna, ya que el CPJP no evalúa, sin embargo en caso de alguna duda podrá pedir las aclaraciones pertinentes, bastando un sencillo correo o llamada telefónica para lo anterior.
Carlos Vivas Comisionado Nacional de Programa de Jóvenes  (31 de marzo 2014)

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